Ley Karin

En el año 2023 nuestro país realizó un gran paso en el ámbito laboral al ratificar el Convenio nº 190 de la OIT (C190), primer tratado internacional que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

En ese contexto, el 15 de enero de 2024, se publicó la Ley N°21.643, también conocida como la Ley Karin y que entra en vigencia el 1° de agosto de 2024. Esta ley responde a la necesidad de proteger a los trabajadores del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

Revisa el protocolo aquí:

Protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo

¿Qué cambia con la Ley Karin?

Esta Ley modifica el Código del Trabajo, y obliga a las entidades empleadoras, ya sea empresas o instituciones a:

  • Elaborar, poner en conocimiento e implementar el protocolo de prevención del acoso sexual, laboral, y violencia en el trabajo.
  • Incorporar el protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, así como el procedimiento de investigación y sanción, en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (Art. 154 N° 12 del Código del Trabajo).
  • Informar a las personas trabajadoras los canales de denuncia de los incumplimientos de la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, como de las instancias estatales para denunciar cualquier incumplimiento a la normativa laboral y para acceder a las prestaciones de seguridad social.
  • Además, proporcionar a la persona afectada Atención Psicológica Temprana, a través de los programas que dispone el respectivo organismo administrador del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

¿Qué debemos considerar con la Ley Karin?

Para entender mejor qué aspectos abordará la Ley y cómo debes relacionarte en tu trabajo, visualiza el siguiente video explicativo:



Canal de denuncia

Etapas:

  1. Aceptar los términos y condiciones de uso del Portal de Denuncias Éticas.
  2. Señalar en “Identificación del tipo de denuncia”, que corresponde a “Denuncia Ética”.
  3. Consignar la identificación del denunciante, al menos nombre, cedula de identidad, domicilio y correo electrónico; e identificación del denunciado, cuando sea posible, señalando su cargo.
  4. Contestar los campos de información solicitados en el formulario electrónico.
  5. Adjuntar documento firmado por el denunciante, que describa el contenido de la denuncia de acoso sexual, acoso laboral o violencia en el trabajo, con el mayor grado de detalle posible y con todos los antecedentes que disponga.
  6. Recibir el código ID de la denuncia, con el cual podrá hacer seguimiento del caso en el mismo Portal.
  7. Dar clic en el botón de envío, para hacer efectiva la denuncia.
  8. Una vez que se envía una denuncia, llegará un correo electrónico automático a la persona denunciante informando la recepción, con el detalle de la misma.

Realiza la denuncia aquí:

Canal de denuncia Ley Karin

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